El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) confirmó la condena de un año de prisión y una multa de 3.240 euros contra un hombre hallado culpable de un delito de odio tras insultar y humillar a un trabajador venezolano por su origen. Además, deberá indemnizar a la víctima con 1.000 euros por los daños causados.
El alto tribunal desestimó el recurso presentado por el acusado, aunque la decisión aún puede ser impugnada ante el Tribunal Supremo.
Los hechos se remontan al 19 de septiembre de 2023, cuando la víctima, un técnico de una empresa de telefonía nacido en Venezuela, acudió a un domicilio en la localidad vasca de Sestao para prestar un servicio. Según la sentencia inicial de la Audiencia de Bizkaia, el procesado actuó con la intención de menospreciar y vulnerar la integridad moral del trabajador mediante expresiones ofensivas relacionadas con su nacionalidad.
El fallo también considera probado que, cuando el técnico se disponía a abandonar la vivienda, el acusado intentó agredirlo físicamente mientras continuaba profiriendo insultos.
En su apelación, el condenado argumentó que no existían pruebas concluyentes en su contra y cuestionó la credibilidad del testimonio del denunciante. Asimismo, sostuvo que las expresiones utilizadas no constituían un delito de odio. No obstante, los jueces ratificaron la valoración de la prueba realizada en primera instancia.






